ASI PUEDES SER PROVEEDOR DE NUESTRA JUNTA
PERSONAS FÍSICAS NACIONALES:
1. Completar el formulario de solicitud.
2. Documento según solicitante:
a. Abogados: Certificación original o carnet del Colegio Dominicano de Abogados.
b. Notarios: Certificación original o carnet del Colegio Dominicano de Notarios Inc.
c. Médicos: Certificación original del Colegio Médico Dominicano.
d. Ingenieros, arquitectos y agrimensores: Certificación original del Colegio Dominicanos de Ingenieros,
Arquitectos y Agrimensores (CODIA.
e. Contadores y Auditores: Copia del Decreto mediante el cual se otorgó el exequátur.
f. Alguaciles: Certificación original emitida por la División de Oficiales de la Justicia del Poder Judicial.
g. Intérpretes Judiciales: Certificación original emitida por la División de Oficiales de la Justicia del Poder
Judicial.
3. Declaración original simple que indique que no es funcionario de primer y segundo nivel de jerarquía de las
instituciones del Estado, y que no se encuentra afectado por las demás prohibiciones establecidas en el
artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y su modificación, según formato emitido por la Dirección General de
Contrataciones Públicas. Este documento no requiere ser legalizado por notario público.
4. Estar al día en el pago de sus impuestos. En caso de que el sistema de verificación en línea no se encuentre
disponible por fallos técnicos o la consulta resulte negativa, la persona interesada podrá aportar una
certificación física vigente, de así desearlo, o en su defecto podrá optar por esperar que se reestablezca el
servicio de verificación.
5. Las actividades comerciales solicitadas deberán coincidir con las registradas ante la Dirección General de
Impuestos Internos (DGII). En caso de tener más de una actividad, deberá presentar copia de la emisión del
Registro Nacional de Contribuyentes o copia de la certificación de registro del contribuyente emitido por la
DGII que indique las actividades principales y las secundarias.
6. Se verificará en línea a través del Ministerio de Industria y Comercio a aquellas personas físicas y jurídicas
interesadas en ser clasificadas como micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) dentro de su Registro de
Proveedor del Estado. El solicitante tendrá la opción de presentar la certificación física vigente, en caso de tener
algún inconveniente con la certificación en línea.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está al
día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente, si se presenta alguna situación que
modifique la declaración simple presentada ante la Dirección General de Constataciones Públicas.
PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES:
1. Completar el formulario de solicitud por el representante.
2. Copia del Certificado de Registro Mercantil actualizado y vigente, registrado y sellado por la Cámara de
Comercio y Producción correspondiente.
3. Lista de última Asamblea celebrada donde se verifique la composición accionaria certificada, registrada y
sellada ante la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
4. Copia de los estatutos o de la última Asamblea celebrada donde se verifique el objeto social, registrada y
sellada ante la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (En caso de que el Registro Mercantil no
presente todas las actividades comerciales).
5. Declaración simple en original que indique que sus accionistas no son funcionarios de primer y segundo
nivel de jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás
prohibiciones establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y su modificación, según formato emitido
por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Este documento no requiere ser legalizado por notario
público.
6. Estar al día en el pago de sus impuestos. En caso de que el sistema de verificación en línea no se encuentre
disponible por fallos técnicos o la consulta resulte negativa, la persona interesada podrá aportar una
certificación física vigente, de así desearlo, o en su defecto podrá optar por esperar que se reestablezca el
servicio de verificación.
7. Copia de la cédula del solicitante (La persona que entrega la solicitud presencialmente).
8. Se verificará en línea a través del Ministerio de Industria y Comercio a aquellas personas físicas y jurídicas
interesadas en ser clasificadas como micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) dentro de su Registro de
Proveedor del Estado. El solicitante tendrá la opción de presentar la certificación física vigente, en caso de tener
algún inconveniente con la certificación en línea.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está
al día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente con los documentos que pierdan
vigencia, tales como: Registro Mercantil, Composición Accionaria, Certificación MIPYME y Consejo de
Administracion.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente, si se presenta alguna situación que
modifique la declaración simple presentada ante la Dirección General de Constataciones Públicas.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO (LEY 122-05):
1. Completar el formulario de solicitud.
2. Copia del registro de incorporación emitido por la Procuraduría General de la República (Certificación donde
indique el número de incorporación de la institución).
3. Copia de la relación de miembros actualizada, con sus datos (nombre completo, número de identificación
personal y domicilio).
4. Copia del acta donde se designe el último consejo de administración con sus datos (nombre completo,
número de identificación personal, cargo que desempeña y domicilio).
5. Copia de los estatutos o de la última Asamblea celebrada donde se verifique el objeto social, vigente.
6. Declaración original simple que indique que sus miembros no son funcionarios de primer y segundo nivel de
jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones
establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y su modificación, según formato emitido por la
Dirección General de Contrataciones Públicas, la cual no requiere ser legalizada por notario público.
7. Estar al día en el pago de sus impuestos. En caso de que el sistema de verificación en línea no se encuentre
disponible por fallos técnicos o la consulta resulte negativa, la persona interesada podrá aportar una
certificación física vigente, de así desearlo, o en su defecto podrá optar por esperar que se reestablezca el
servicio de verificación.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está al
día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente con los documentos que pierdan
vigencia, tales como: Relación de Miembros y Consejo de Administración.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente, si se presenta alguna situación que
modifique la declaración simple presentada ante la Dirección General de Constataciones Públicas.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
COOPERATIVAS:
1. Completar el formulario de solicitud.
2. Copia del Decreto de incorporación de la cooperativa.
3. Certificación original emitida por el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), que le acredite
como cooperativa.
4. Copia certificada de la nómina de asociados actualizada, con sus datos (nombre completo, número de
identificación personal y domicilio).
5. Copia certificada del acta donde se designe el último consejo de administración con sus datos (nombre
completo, número de identificación personal, cargo que desempeña y domicilio).
6. Copia de los estatutos o de la última Asamblea celebrada donde se verifique el objeto social vigente.
7. Declaración original simple que indique que sus miembros no son funcionarios de primer y segundo nivel de
jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones
establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y su modificación, según formato emitido por la
Dirección General de Contrataciones Públicas. Este documento no requiere ser legalizada por notario público.
8. Estar al día en el pago de sus impuestos. En caso de que el sistema de verificación en línea no se encuentre
disponible por fallos técnicos o la consulta resulte negativa, la persona interesada podrá aportar una
certificación física vigente, de así desearlo, o en su defecto podrá optar por esperar que se reestablezca el
servicio de verificación.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está al
día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente con los documentos que pierdan
vigencia, tales como: Nomina de Asociados y Consejo de Administración.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente, si se presenta alguna situación que
modifique la declaración simple presentada ante la Dirección General de Constataciones Públicas.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
ENTIDADES DEL ESTADO:
1. Completar el formulario de solicitud.
2. Autorización del incúmbete a la persona designada para representar a la entidad para inscripción como
Proveedora del Estado.
3. Copia del Decreto o acta que designa a la máxima autoridad de la institución.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
CONSORCIOS:
1. Completar el formulario de solicitud por el representante.
2. Copia del acta de adjudicación emitida por la entidad contratante.
3. Copia del Acto Notarial por el cual se formaliza el consorcio, incluyendo su objeto, las obligaciones de las
partes, su duración, la capacidad de ejercicio de cada miembro del consorcio, la designación del representante,
así como sus generales.
4. Las personas físicas y jurídicas que conformen el consorcio deberán estar inscritas en el Registro de
Proveedores del Estado.
5. Las personas físicas y jurídicas nacionales que conforman el consorcio y el consorcio deberán estar al día
en el pago de sus obligaciones fiscales (DGII). En caso de que el sistema de verificación en línea no se
encuentre disponible por fallos técnicos o la consulta resulte negativa, la persona interesada podrá aportar una
certificación física vigente, de así desearlo, o en su defecto podrá optar por esperar que se reestablezca el
servicio de verificación.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está al
día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO SON NI SOCIEDADES COMERCIALES, NI ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO (LEY 122-05), NI COOPERATIVAS, NI CONSORCIOS:
1. Completar el formulario de solicitud.
2. Copia del documento legal que lo faculte a operar.
3. Copia del documento donde demuestre el objeto social o actividad, firmado por los miembros de la junta
directiva con el sello de la institución.
4. Copia del acta donde se designe el último consejo de administración o equivalente con sus datos (nombre
completo, número de identificación personal, cargo que desempeña y domicilio).
5. Declaración original simple que indique que sus miembros no son funcionarios de primer y segundo nivel de
jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones
establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y su modificación, según formato emitido por la
Dirección General de Contrataciones Públicas. Este documento no requiere ser legalizado por notario público.
6. Estar al día en el pago de sus impuestos. en caso de que el sistema de verificación en línea no se encuentre
disponible por fallos técnicos o la consulta resulte negativa, la persona interesada podrá aportar una
certificación física vigente, de así desearlo, o en su defecto podrá optar por esperar que se reestablezca el
servicio de verificación.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está al
día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente con los documentos que pierdan
vigencia, tales como: Consejo de Administración.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente, si se presenta alguna situación que
modifique la declaración simple presentada ante la Dirección General de Constataciones Públicas.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
PERSONAS FÍSICAS EXTRANJERAS:
1. Completar el formulario de solicitud.
2. Copia documento de identidad.
3. Declaración original simple que indique que sus accionistas no son funcionarios de primer y segundo nivel
de jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones
establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y su modificación, según formato emitido por la
Dirección General de Contrataciones Públicas. Este documento no requiere ser legalizado por notario público.
4. Documento que demuestre que se encuentra al día en su país con el pago de sus obligaciones fiscales (En
caso que el documento se pueda validar vía internet, no requiere estar apostillada).
5. La documentación que se encuentre en un idioma diferente al español deberá presentarse debidamente
traducida por un intérprete judicial.
6. Toda la documentación deberá estar Apostillada conforme al Convenio de la Haya o por el Consulado
Dominicano del país de procedencia, según corresponda, con excepción del Formulario de solicitud y
Declaración jurada.
• En caso de pertenecer a alguna profesión que amerite un aval de competencia, deberá presentar el
equivalente a la certificación o permiso para ejercer que le otorguen en su país de origen.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está al
día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente, si se presenta alguna situación que
modifique la declaración simple presentada ante la Dirección General de Constataciones Públicas.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.
PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS:
1. Completar el formulario de solicitud.
2. Documentos que demuestren el objeto social o actividad comercial específica, la fecha de constitución, su
documento de identidad, el órgano de administración o la composición accionaria (con los números de
identidad de las personas que son accionistas y conforman el órgano de administración), de su país de origen.
3. Declaración original simple que indique que sus accionistas no son funcionarios de primer y segundo nivel de
jerarquía de las instituciones del Estado, y que no se encuentran afectados por las demás prohibiciones
establecidas en el artículo No. 14 de la Ley No. 340-06 y su modificación, según formato emitido por la
Dirección General de Contrataciones Públicas. Este documento no requiere ser legalizado por notario público.
4. Documento que demuestre que se encuentra al día en su país con el pago de sus obligaciones fiscales (En
caso que el documento se pueda validar vía internet, no requiere estar apostillada).
5. La documentación que se encuentre en un idioma diferente al español deberá presentarse debidamente
traducida por un intérprete judicial.
6. Toda la documentación deberá estar Apostillada conforme al Convenio de la Haya o por el Consulado
Dominicano del país de procedencia, según corresponda, con excepción el Formulario de solicitud y
Declaración jurada.
• En caso de solicitud de modificación/actualización a su registro de Proveedor, se verificará en línea si está al
día en la Seguridad Social (TSS), si aplica. Si la consulta resulta negativa al momento de la aprobación, la
solicitud no podrá ser procesada hasta que el pago se refleje en el sistema.
• Queda bajo la responsabilidad del declarante actualizar su expediente, si se presenta alguna situación que
modifique la declaración simple presentada ante la Dirección General de Constataciones Públicas.
• Queda a cargo del declarante mantener su dirección, correo electrónico y teléfono actualizado ante la
Dirección General de Contrataciones Públicas.